El cierre contable del 2018 marca un hito para muchas empresas en Perú, especialmente por la inminente entrada en vigencia de la NIIF 16 “Arrendamientos”. Aunque su aplicación obligatoria empieza en enero de 2019, la normativa exige transparentar desde ahora el efecto que tendrá en los estados financieros.
- ¿Por qué revelar el impacto si aún no se aplica?
Los párrafos 30 y 31 de la NIC 8 “Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores” son claros. Obligan a las entidades a divulgar en las notas de los estados financieros aquella información conocida o razonablemente estimable sobre nuevas normas contables no adoptadas. El objetivo es que los lectores evalúen el posible impacto de la NIIF 16 en el periodo de aplicación inicial.
- Esto aplica para toda compañía que mantenga arrendamientos o contratos donde se haya identificado un componente de arrendamiento. Incluso las empresas sin arrendamientos deben considerar informar que no esperan ser impactadas. Omitir estas revelaciones podría debilitar la transparencia frente a bancos, inversionistas y la propia SUNAT cuando se revisen estados financieros auditados.
¿Qué información específica debe revelarse?
Basados en los requerimientos de la NIC 8, desde PRAGOT sugerimos incluir puntos clave prácticos en las notas al cierre 2018:


- Dejar constancia de que la NIIF 16 no ha sido aplicada aún, señalando su entrada en vigor para periodos anuales que inician el 1 de enero de 2019 y la fecha prevista de adopción por la entidad.
- Detallar la estructura y el avance del proyecto de implementación interna.
- Describir los cambios en las políticas contables que entrarán en vigencia, aclarando si se optará por exenciones como contratos de corto plazo o activos de bajo valor.
- Especificar el enfoque de transición seleccionado (retrospectivo total o simplificado) y los expedientes prácticos que se piensan utilizar.
- Exponer los juicios críticos y estimaciones realizadas: determinación del plazo del arrendamiento, cálculo de la tasa de descuento, separación de componentes de servicio, entre otros.
- Cuantificar el impacto esperado, ya sea como reexpresión de activos, pasivos y ganancias retenidas o como ajuste inicial a las utilidades acumuladas, explicando la naturaleza de los cambios
- Si se adopta el enfoque simplificado, revelar las diferencias sustanciales entre los compromisos de arrendamiento operativo actuales y los nuevos pasivos por arrendamiento, aclarando que las cifras comparativas no se actualizan
La NIIF 16 es de aplicación obligatoria para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2019. Los informes anuales de 2018 se publicarán mayormente en 2019, después de que la norma sea efectiva. Por eso, inversionistas y reguladores esperan que las revelaciones de este cierre anticipen con suficiente detalle el efecto en la posición financiera.
Prepararse a tiempo genera confianza y evita rectificaciones de última hora en plazos fiscales. En PRAGOT conocemos los desafíos de la implementación contable bajo NIIF en Perú y estamos listos para brindarle acompañamiento técnico, desde la identificación de contratos hasta la redacción de las notas de revelación.


